El delito de insolvencia punible se genera cuando el que tiene la deuda no dispone de solvencia y comete un fraude, perjudicando con ello a su acreedor. Este delito está regulado en el capítulo VII del título XIII del libro II del Código Penal, en los artículos 259 al 261 bis.
En los últimos tiempos se han cometido multitud de delitos de este tipo. Muchas son las empresas que han tenido que bajar la persiana por no poder asumir los costes generados por los impagos de los deudores.
La nueva reforma trata de beneficiar a los acreedores a través de una vía de protección y, con ello, seguir manteniéndose a flote dentro de lo posible. Las deudas podrán satisfacerse con el patrimonio del deudor a la vez que se ofrecen los créditos necesarios para cubrir el déficit generado por el mismo.
¿Quiénes cometen el delito de insolvencia punible?
Cuando alguien se encuentra en una circunstancia de insolvencia inminente y lleva a cabo una serie de conductas como las que vamos a contar a continuación:
- El que oculte, genere daños o deshaga los bienes patrimoniales que pudiesen estar incluidos en el conjunto del concurso de acreedores en el instante en que se abre.
- El que comete actos de disposición de dinero u otros bienes a través de la entrega de dinero o de los bienes sin guardar proporción con su estado actual y sin justificación.
- Ejecutar operaciones de prestaciones de servicios o de ventas a un precio por debajo de su coste sin ningún tipo de justificación.
- Fingir préstamos de terceros o créditos ficticios.
- El que participa en un negocio especulativo sin justificación económica.
- Aquel que incumple su deber de llevar una contabilidad o la lleva doble. O cuando se presenta una serie de irregularidades relevantes que justifican su situación financiera.
- La destrucción de los libros de contabilidad o de documentación relevante para dificultar el entendimiento de su situación financiera o patrimonial.
- El que genere cuentas o libros contables contrarios a la normativa que regula la contabilidad mercantil para imposibilitar su valoración.
- El que tenga una conducta activa u omisiva que suponga la infracción grave del deber de diligencia en los asuntos económicos. El que oculta su patrimonio y su situación real.
El que comete actos imprudentes puede ser castigado con una pena de cárcel de entre 6 meses a 2 años o una multa de entre 12 a 24 meses.
¿Qué ocurre cuando se comete este delito?
Este tipo de delito solo es perseguible cuando el autor deja de cumplir sus obligaciones o cuando esté declarado el concurso de acreedores. Por otro lado, el delito relacionado con el autor o la persona que actúa en su nombre puede perseguirse sin haber concluido el concurso de acreedores.
La pena de cárcel en estos puede oscilar entre 1 a 6 años además de la multa, dependiendo del grado de gravedad en cada caso y de la deuda generada.
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