Muchos son los usos que se le pueden dar a internet y a las nuevas tecnologías, algunos de ellos susceptibles de delito como por ejemplo encargar o proponer un asesinato, algo que también el Código Penal español recoge como hecho castigado.
El Libro II del actual Código español recoge en su Título I, “Del homicidio y sus formas”, no sólo las diferentes circunstancias por las cuales una persona puede ser acusada de homicidio, si no también el hecho de que invitar, proponer, encargar la muerte de otro es un acto castigado por la legislación española.
En concreto, el artículo 141 C.P. establece que “La provocación, la conspiración y la proposición para cometer los delitos previstos en los tres artículos precedentes [matar a otra persona concurriendo diferentes circunstancias], será castigada con la pena inferior en uno o dos grados a la señalada en su caso en los artículos anteriores”.
Este es precisamente el caso protagonizado por Sonia C. P., condenada a seis años y medio de prisión por la Audiencia Provincial de Ourense por haber encargado el asesinato de otra mujer a un sicario a través de internet.
Los hechos ocurrieron a mediados del año 2014 cuando la acusada y ya condenada, celosa de otra mujer por sospechar que esta mantenía una relación sentimental con su ex-pareja, contrató a través de internet con un sicario con el fin de que este acabase con su vida sin embargo, este sicario que se anunciaba en la red, sorprendentemente se sintió asustado así que alertó a la policía.
A finales de junio de 2014 Sonia fue detenida en la estación de Ourense cuando esperaba al mencionado matón a sueldo al cual había entregado, mediante ingreso en cuenta bancaria a través de un cajero, 150 euros en concepto de adelanto por “los servicios”, un método que sirvió a la policía para identificar con facilidad y localizar a la, por aquel entonces, sospechosa.
Ese día, el sicario acudió a la estación escoltado por la policía de la comisaría de Ourense procediendo a detener a Sonia, en cuyo coche se encontró una pistola de descargas eléctricas que, según el informe pericial, no funcionaba.
La Audiencia Provincial de Ourense condenó a Sonia a seis años y medio de cárcel por un delito de proposición de asesinato, si bien la fiscalía solicitaba doce años de prisión, y la acusación particular, trece y medio. Por el contrario, la defensa solicitó su libre absolución argumentando cierto trastorno adaptativo ansioso-depresivo sin embargo, gracias al tratamiento que estaba recibiendo, sus facultades intelectuales no se veían afectadas por lo que el tribunal la considera plenamente consciente y responsable de sus actos.
Cabe destacar que, si bien la defensa anunció que interpondría un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, finalmente ha desistido de ello, por lo que la sentencia, que también incluye la prohibición de aproximarse a menos de trescientos metros del domicilio de la mujer con cuya vida pretendía acabar por un período de diez años.
Sonia lleva en prisión desde que fue detenida, a finales de 2014, por lo que, siendo ya la sentencia firme, aún le restan otros casi cuatro años y medio de prisión.
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