Condenado por un delito de corrupción de menores iniciado desde Twitter y Facebook
Condenado por un delito de corrupción de menores iniciado desde Twitter y Facebook

Condenado por un delito de corrupción de menores iniciado desde Twitter y Facebook

Podríamos decir que “las redes sociales las carga el diablo” sin embargo estas no son más que un medio del que algunos, creyéndose inmunes, hacen un uso inadecuado. Es lo que ha ocurrido en el caso que hoy os planteamos y por el cual un hombre ha sido condenado a cuatro años de prisión por ser considerado autor de un delito de corrupción de menores.

Todo comenzó, como en muchos de estos casos, a través de internet y las redes sociales. El acusado, y ya condenado, abrió para sí mismo sendos perfiles en Twitter y FaceBook cuya titularidad, tal y como se recoge en la sentencia, ha quedado sobradamente acreditada.

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Fue a través de estos perfiles sociales en internet como el acusado contactó con la víctima, un chico menor de edad, con el que incluso llegó a quedar en persona. En dicha cita el hombre le regaló un teléfono móvil con la intención de poder mantenerse en contacto con él tanto por vía telefónica como a través de mensajes de texto, WhatsApp, Twitter y FaceBook, tal y como así ocurrió.

Todas las conversaciones quedaron registradas y aportadas como prueba en el juicio. En ellas se puede observar como el acusado insiste en que el menor no diga a nadie que él ha sido quien le ha regalado el teléfono. Dichas conversaciones fueron subiendo de tono con el paso del tiempo y el acusado insistía, a pesar de las reticencias del menor, en practicar sexo con él: “¿Te gustaría practicar sexo conmigo o no?”, le dijo directamente en una de estas conversaciones en las que incluso se llegó a hablar de un pago de 20 euros a cambio de que el menor accediese a tener un encuentro íntimo de índole sexual con el acusado.

Instruida la causa por el Juzgado de Instrucción número 5 de Jerez de la Frontera, ésta fue remitida a la Sección 8ª de la Audiencia Provincial de Cádiz que condenó al acusado como autor penalmente responsable de un delito de prostitución y corrupción de menores a una pena de cuatro años de prisión, mismo perìodo de inhabilitación para el derecho al sufragio pasivo y, finalizada esta pena, cuatro años adicionales de libertad vigilada  y prohibición para ejercer “cualquier profesión en la que se deba hacer cargo de hecho o de derecho de menores, educación infantil o secundaria, entrenador deportivo o parte de un equipo infantil, cualquiera que sea la competición en la que participe, y árbitro o encargado de la organización de competiciones deportivas en las que participen menores de edad”, así como al pago de las costas.

Aunque el acusado recurrió la sentencia ante el Tribunal Supremo, éste la ha confirmado en su totalidad por lo que ahora este hombre, al que ya se puede definir legalmente como delincuente, deberá cumplir con la pena impuesta.

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