El crowdfunding ha sido regulado definitivamente por el Gobierno. La nueva ley financiera que afecta a las Pymes también regula esta forma de micromecenazgo. Este sistema engloba las plataformas que a través de sus páginas web contactan inversores de todo tipo con los promotores que buscan dinero para sus proyectos o iniciativas.
La elaboración de esta normativa ha supuesto un trabajo de tres meses y una de sus principales novedades es que se establece una diferenciación entre inversores cualificados y no cualificados. Los primeros son los que posee rentas de al menos 50.000 euros al año y un patrimonio de inversión de 100.000 euros, y tendrán plena libertad a la hora de financiar proyectos. A los no cualificados se les permite invertir hasta un máximo de 10.000 euros al alo, siendo el límite de 3.000 euros por proyecto.
Además, esta financiación participativa podrá canalizarse mediante la emisión o suscripción de valores, la emisión o la suscripción de participación de sociedades de responsabilidad limita, cuya supervisión se realizará mediante la Comisión Nacional del Mercado de Valores. También se contempla la solicitud directa de préstamos cuya responsabilidad recaerá directamente sobre el Banco de España.
El ministro de economía Luis de Guindos ha manifestado que con esta normativa nuestro país se convierte en uno de los primero países reguladores de las Plataformas de Financiación Participativa. El crowdfunding está alcanzando posiciones cada vez más fuertes en el mundo de los negocios, sobre todo, en Estados Unidos y Europa. En este último continente los proyectos de crowdfunding movieron unos 750 millones de euros anuales. Y en cifras mundiales estaríamos hablando de 2.700 millones de dólares. En vista de este impulso en nuestro país se prevé poner en marcha plataformas en Internet para fomentar la financiación directa de inversiones particulares o institucionales a proyectos de inversión. De este modo se consigue una mayor seguridad compaginada con la libertad de financiación, pero también se favorece el obtener modos de financiación a través de otras vías situadas fuera del sector bancario.
Esta nueva Ley establece también sanciones cuando se incumplan las obligaciones de inscripción, se realicen actividades no reguladas o haya resistencia a las inspecciones de la CNMV o del Banco de España. También se establecen sanciones para los incumplimientos de las obligaciones de información y transparencia. Las multas son de entre 25.000 y 200.000 euros y pueden conllevar la prohibición de operar durante un plazo de cinco años.
En un principio, la ley no es definitiva ya que la actividad es muy novedosa de modo que lo más probable es que sufra modificaciones con el tiempo y en función del rodaje. Por el momento se ha realizado con la intención de movilizar al sector, pero en un principio se considera una ley experimental que seguramente se modifique de cara a un futuro.
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