Delitos contra la seguridad vial
Delitos contra la seguridad vial

Delitos contra la seguridad vial

Los delitos contra la seguridad vial

La introducción en el Código Penal de los denominados “Delitos contra la seguridad vial” ha sido motivo de discusión entre los expertos en derecho penal.

 

Para hablar de la tipificación de estos delitos en nuestro ordenamiento jurídico debemos contextualizarlo en el alto número de víctimas en accidentes de tráfico que se registran anualmente. Estos datos unido a una regulación permisiva en comparación con la existente en otros países de nuestro entorno, culminó en un progresivo endurecimiento de la normativa vial y con la modificación del Código Penal en el año 2007.

 

Delitos contra la seguridad vial
Delitos contra la seguridad vial

 

 

 

No obstante, dicha cambio legislativo penal ha sido criticada por un importante sector de la doctrina y la judicatura que sostienen que el Derecho Penal debe ceñirse a castigar las conductas más peligrosas siguiendo el principio de “intervención mínima” y que algunos de los supuestos tipificados en la modificación no tendrían que haber alcanzado el ámbito penal.

 

En cualquier caso, los delitos contra la seguridad vial se regulan en el Capítulo IV del Título XVII, dentro de los denominados “Delitos contra la seguridad colectiva”, en concreto, entre los artículos 379 y 385.

 

El fundamento de la tipificación de los delitos contra la seguridad vial se encuentra en la idea de que la conducción de cualquier vehículo a motor es, en sí misma, una conducta peligrosa. Sin embargo, cuando esa conducta se realiza con los permisos necesarios (licencia de conducción) y siguiendo las normas de seguridad vial, se trata de un riesgo permitido. De esta forma, cuando la conducción se torna excesivamente peligrosa, interviene el Derecho Penal para proteger no sólo el tráfico vial, también la seguridad de los ciudadanos.

 

Es importante aclarar dos conceptos fundamentales en estos delitos: autor y vehículo. La regla general es considerar autor al conductor del vehículo y sólo en casos muy especiales (como en los coches de autoescuela) podrá ser responsable una persona distinta. Por su parte, son vehículos a motor los coches, camiones o autobuses pero también las motocicletas y ciclomotores, todos ellos considerados por el artículo 385 bis instrumentos del delito, y como consecuencia de ello, como norma general las penas llevan aparejadas la retirada del permiso de conducir.

 

Finalmente en cuanto a las cuestiones generales a tener en cuenta, según el principio “non bis in idem”, que impide castigar dos veces una misma conducta, cuando se produzca la vulneración de normas administrativas (por ejemplo, código de circulación) y penales sólo podrán castigarse las penales. Además, cuando alguien cometa un delito contra la seguridad vial y con ello produzca otros delitos (ejemplo muerte de un peatón) será castigado por el delito más grave en su mitad superior sin perjuicio de la responsabilidad civil que le corresponda.

 

En este tipo de delitos podemos encontrarnos:

 

La conducción a alta velocidad y bajo los efectos del alcohol y otras sustancias

Conducción temeraria

Conducción sin licencia y creación de peligros en la circulación

 

Casos relacionados con delitos contra la seguridad vial

 

Recurso interpuesto por un conductor contra la sentencia que le condenaba por conducir bebido y causar imprudentemente la muerte de un peatón

Recurso interpuesto contra una sentencia de condena por conducir sin carné en vigor.

Recurso de apelación frente a una sentencia condenatoria por conducir bajo los efectos del alcohol y negarse a someterse a las pruebas de alcoholemia.

Recurso de apelación frente a la condena por varios delitos contra la seguridad vial.

El conducir con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro supone la comisión de un delito contra la seguridad vial.

Juicio por conducir sin puntos en el carné.

 

.

--
--
Puedes encontrar más información en comentarios de otros lectores al final de este artículo, puedes dejar tu comentario.
Solicitar cita con Abogados Portaley

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *