¿Qué son los delitos del tráfico de influencias?
¿Qué son los delitos del tráfico de influencias?

¿Qué son los delitos del tráfico de influencias?

Los delitos del tráfico de influencias se regulan en el Capítulo VI, del Art. 428 al 431 del Código Penal. También se añade la tipificación penal por el abuso de influencias generado por un funcionario público o por una autoridad, o también el efectuado por un particular.

En el artículo 428, se establece un castigo que consiste en inhabilitar de 5 a 9 años a quien comete el delito.

En el artículo siguiente, el 429, se perderán los derechos a conseguir beneficios o incentivos fiscales y también de la Seguridad Social. Este castigo se establece en 6 hasta 10 años.

El artículo 430 se modificó incorporando que, si el perjurio se realiza por una autoridad o un funcionario, se suma la inhabilitación de empleo o cargo de 1 a 4 años.

El artículo 431 se suprime puesto que está previsto una regulación del comiso.

Quién puede cometer delitos del tráfico de influencias

Generalmente, el tráfico de influencias es un delito que se practica con el fin de obtener algún tipo de beneficio. Éste puede ser para sí mismo o bien para un tercero. En cualquier caso, el delito se castigará igualmente puesto que el procedimiento no es legal.

A continuación, os detallamos los artículos 428 y 429 que son los que más se ponen en práctica.

Artículo 428 de los delitos del tráfico de influencias

En este artículo se centran en los hechos cometidos por un funcionario público o autoridad. Os lo resumimos:

“El funcionario o autoridad que cause influencia aprovechando sus facultades en su cargo o cualquier tipo de situación que derive de su situación personal para obtener algún tipo de beneficio, podrá ser castigado con pena de cárcel de 6 meses a 2 años. También se impondrá una multa y la inhabilitación de su cargo y de empleo de hasta 9 años.”

Artículo 429, delito entre particulares

Aquí se habla de los delitos cometidos por particulares. Al igual que en el artículo anterior, estos actos se cometen con el fin de obtener un beneficio. Éste puede ser directo o para un tercero, en cualquier caso, se castiga de igual manera.

“Aquel particular que influya en un funcionario o autoridad haciendo uso de la situación respecto a la relación que exista entre ambos, también puede ser castigado con cárcel de 6 meses a 2 años. También se le privará de subvenciones o cualquier ayuda pública. En las ayudas van incluidas también las de la Seguridad Social. Además, no podrá acceder a ningún empleo público.”

Los “favores” solicitados, también pueden recaer sobre terceras personas. Esto quiere decir que, si el funcionario, autoridad o particular solicita influencias a una tercera persona para que el primero o ambos puedan beneficiarse, cualquiera puede ser castigado. También se castigará al que acepte favores, especialmente sabiendo que es ilegal.

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