Principales medidas recogidas en el pacto de estado contra la violencia de género
Principales medidas recogidas en el pacto de estado contra la violencia de género

Principales medidas recogidas en el pacto de estado contra la violencia de género

  • El día 28 de julio de 2017 fue aprobado por la Comisión de Igualdad del Congreso de los Diputados el informe del Pacto de Estado en materia de Violencia de Género, elaborado por la subcomisión del  Pacto de Estado en materia de violencia de género. 

    El informe contiene 212 medidas pactadas por todos los grupos parlamentarios cuya dotación presupuestaria asciende a 1.000 millones de euros en cinco años. Entre estas medidas se encuentran:

     

    En el ámbito de la sensibilización y prevención:

     

    • Prevenir en todas las etapas educativas la violencia de género, el machismo, la educación emocional y sexual y la igualdad. Promover actividades para prevenir la violencia sexual. Introducir en los libros de Historia el origen, desarrollo y logros del movimiento feminista en el marco del pacto educativo.
    • Incluir contenidos de igualdad y contra la violencia de género en los temarios de acceso de los cuerpos docentes.
    • Acordar con las fuerzas y cuerpos de Seguridad del Estado, las empresas de telecomunicaciones y los principales proveedores de contenidos digitales un sistema de coordinación, cooperación y corregulación para eliminar referencias potencialmente nocivas en la web que promuevan la violencia contra las mujeres.
    • Ampliar las sanciones administrativas a los clubes deportivos que permitan la apología de la violencia de género en los acontecimientos deportivos.
    • Mejorar la detección precoz de la violencia de género en los centros sanitarios.
    • Mejorar la formación especializada de los profesionales de la Sanidad y de la Educación, así como de los profesionales de la Administración de Justicia y las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.

     

    En cuanto al aspecto de la coordinación en la respuesta institucional:

     

    • Ampliar el concepto de violencia de género a todos los tipos de violencia contra la mujer contenidos en el Convenio de Estambul. De acuerdo con este Convenio de Estambul que España ratificó en 2014, se considerará violencia contra la mujer la que implique daños o sufrimientos de naturaleza física, sexual, psicológica o económica.
    • Suprimir las atenuantes de confesión y de reparación del daño en delitos de violencia de género.
    • Generalizar la aplicación de la circunstancia agravante para los casos de mutilación genital femenina.
    • Ampliar los mecanismos de acreditación de la condición de víctima de violencia de género.
    • Mejorar la protección de las víctimas de todas las formas de violencia de género evitando los procedimientos sancionadores por estancia irregular.

     

    En materia de asistencia y protección a las víctimas:

     

    • Diseñar un plan de acompañamiento y asesoramiento de la víctima.
    • Reforzar la asistencia jurídica a las mujeres víctimas antes, durante y después del procedimiento judicial.
    • Establecer unidades policiales con formación específica en violencia de género que presten atención las veinticuatro horas del día todos los días de la semana.
    • Incluir a los hijos en las valoraciones de riesgo de las víctimas.
    • Estudiar el actual sistema de ayudas para mejorar la situación de las mujeres víctimas sin empleo y evaluar su sustitución por un subsidio de desempleo de seis meses de duración.

     

    Se han acordado también medidas relativas a la asistencia y protección de los menores:

     

    • Garantizar una prestación a todos los huérfanos por violencia de género.
    • Establecer mecanismos para asegurar las pensiones de orfandad que puedan corresponder a los hijos de las víctimas de violencia de género.
    • Adoptar medidas que permitan que la custodia compartida en ningún caso se imponga en casos de violencia de género.
    • Establecer el carácter imperativo de la suspensión del régimen de visitas en todos los casos en los que el menor hubiera presenciado, sufrido o convivido con manifestaciones de violencia.
    • Prohibir las visitas de los menores al padre en prisión condenado por violencia de género.
    • Estudiar modificaciones legislativas para proteger a las víctimas que estén en situaciones de sustracción internacional de menores, cuyo origen sea un episodio de violencia de género.

     

    Igualmente, se han aprobado medidas sobre seguimiento estadístico y recomendaciones a las administraciones:

     

    • Recopilar datos sobre las distintas formas de violencia sobre la mujer recogidas en el Convenio de Estambul.
    • Instar al Gobierno de España a liderar en el ámbito de la Unión Europea la promoción de un pacto sobre medios de comunicación y violencia de género.

     

    Por último, se han abordado medidas de atención a otras formas de violencia contra la mujer:

     

    • Promover programas integrales de atención a la violencia sexual en todo el territorio en colaboración con las Comunidades Autónomas.
    • Impulsar una ley integral de lucha contra la trata de seres humanos con fines de explotación sexual.
    • Desincentivar la demanda de prostitución mediante campañas de concienciación y talleres de sensibilización dirigidos a los jóvenes.
    • Implementar instrumentos de protección de emergencia para las víctimas de matrimonio forzado.

     

    A partir de la aprobación de este documento el Gobierno tiene dos meses para sentarse y consensuar con las administraciones públicas, especialmente las autonómicas y locales, que deberán poner en marcha algunas de las iniciativas acordadas. Asimismo, el Gobierno contará también con cuatro meses para iniciar la tramitación de las medidas legislativas acordadas.

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