Juicios por acoso sexual en el trabajo
Juicios por acoso sexual en el trabajo

Juicios por acoso sexual en el trabajo

La realidad de los juicios por acoso sexual en el trabajo

 

 

Los juicios por acoso sexual en el entorno laboral son también una realidad que forma parte de la sociedad actual, y aunque no sean tan difundidos mediáticamente no hay que olvidar que estos se siguen produciendo. Recientemente ha comenzado un juicio relacionado con este asunto que se está celebrando en Las Palmas de Gran Canaria. Se trata de una empleada de una juguetería, de 18 años de edad, que ha acusado al dueño de la misma de acosarla sexualmente.

 

Contratos
El acusado asegura que fue la misma empleada la que le ofreció a darle “cariño” a cambio de dinero, ya que le manifestó que necesitaba el dinero. Sin embargo, la demandante argumenta que su superior sabía que necesitaba más ingresos porque estaba ayudando a sus padres a pagar su casa y aprovechando esta coyuntura empezó a hacerla tocamientos y en alguna ocasión hasta llegó a penetrarla. La chica ha explicado también que no denunció con anterioridad por temor a las palabras de su jefe, que al parecer la amenazó diciéndola que si no transigía podría “hundirla”. Por los hechos relatados, la acusación solicita en concreto siete años de prisión y 18.000 euros de indemnización.

 


El acoso sexual es más grave de lo que a simple vista parece porque vulnera varios derechos: el derecho a la libertad sexual, a la dignidad, a la intimidad, a la no discriminación por razón de sexo y a la salud y a la seguridad en el trabajo. Al mismo tiempo, la Ley Orgánica 3/2007 en su artículo 7.2 establece que “constituye por razón de acoso cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona, con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo.”

 
Existen distintos tipos de acoso sexual, el expuesto como ejemplo es uno de los más explícitos por el tipo de actos que el imputado supuestamente ha llegado a realizar. Sin embargo, hay distintos niveles, por eso las alusiones verbales con contenido sexual, las invitaciones o favores con este carácter, el uso de fotografías, vídeos u otros elementos para intimidar en este sentido, también se consideran acoso.
Desde la Administración aseguran que una de las maneras de evitar llegar a estas situaciones es informando a la población de esta clase de delito, siendo el pilar de esta medida la prevención. Sin embargo, cuando ya se ha producido el mal la vía judicial es una de las opciones al servicio del ciudadano, si bien teniendo en cuenta que la aportación de pruebas es clave en estos casos, porque en caso contrario, es la palabra del demandante contra el demandado.

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