La Sala de Lo Penal del Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia impuesta por la Audiencia Provincial de A Coruña que establece una condena de entre siete y veintiún meses de prisión para un total de quince jóvenes que difundieron el vídeo íntimo de una chica sin el consentimiento de ésta, su legítima propietaria.
Los hechos que han motivado esta sentencia se remontan al año 2004 cuando la víctima, una chica que por aquel entonces contaba con 21 años de edad, grabó un vídeo íntimo sobre sí misma del que creó hasta cuatro archivos. Posteriormente, procedió a borrarlos del ordenador por lo que estos archivos de vídeo quedaron en la papelera de reciclaje sin que la chica llegase a efectuar el vaciado de ésta. Posteriormente llevó su ordenador a una tienda de informática para que le instalasen una grabadora de cd’s. Fue entonces cuando el principal de los acusado, que trabajaba en dicho local como informático, descubrió los citados vídeos de los cuales realizó copias y distribuyó entre sus amigos, el restos de acusados.
No satisfechos con el visionado de los vídeos, este grupo de jóvenes delincuentes comenzaron a difundirlos a través de internet, repartieron copias en la piscina municipal e incluso se organizaron proyecciones en la cocina de una bodega, en una gestoría y en las dependencias de Protección Civil y Bomberos de Ordes, según se desprende de la sentencia.
La víctima, una vez alertada por una amiga, procedió de inmediato a denunciar los hechos ante la Guardia Civil si bien el daño ya estaba hecho habiéndole quedado secuelas psíquicas tras verse obligada, además, a cambiar su lugar de residencia.
La sentencia del Tribunal Supremo rechaza así los recursos interpuestos por trece de los quince acusados y les fija las penas antes mencionadas en base a un delito de revelación de secretos destacando además el hecho de que estos hechos se produjesen en un pueblo pequeño donde “todos se conocen” por lo que se trata de “una conducta que desde el contexto cultural es tenida como afrenta a la intimidad del sujeto perjudicado”.
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