Conducción temeraria: delitos contra la seguridad vial
A continuación, el Código Penal castiga las formas más peligrosas de conducción. La primera de ellas es la del artículo 380 para el conductor que “con temeridad manifiesta pusiere en concreto peligro la vida o la integridad de las personas” imponiendo pena de prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años.
En concreto, se entiende temeraria la conducción a gran velocidad y habiendo consumido alcohol y otras sustancias de las antes mencionadas.

Con más castigo aún se pena, según el artículo 381, a los que realicen la conducción temeraria con manifiesto desprecio por la vida de los demás, o lo que es lo mismo, los que con su forma de conducir saben que aunque no quisieran pueden causar la muerte de alguien. Su introducción en el Código se produjo por el crecimiento de casos en los años 80 de los denominados “conductores suicidas” que se caracterizaban por circular en sentido contrario ya fuera con ánimo suicida o por apuestas o juegos. En estos casos, hasta la modificación del Código Penal de 1989 sólo se les castigaba como conducción temeraria. Por ello se agravaron las penas que, en la actualidad, alcanzan la prisión de dos a cinco años, multa de doce a veinticuatro meses y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un período de seis a diez años.
Sin embargo, si se realizó la conducta pero no se puso en concreto peligro la vida de nadie (caso del conductor suicida que no se encuentra con ningún conductor en sentido contrario), la pena será de prisión de uno a dos años, multa de seis a doce meses y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de seis a diez años.
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Casos relacionados con delitos contra la seguridad vial
Recurso interpuesto contra una sentencia de condena por conducir sin carné en vigor.
Recurso de apelación frente a la condena por varios delitos contra la seguridad vial.
Juicio por conducir sin puntos en el carné.
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